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Remoción sin causa del Administrador
Por Ariel Zumpano
"Nunca el vencimiento del plazo fijado por Reglamento, o por asamblea para el ejercicio del cargo de administrador, genera que termine en forma automática; siempre hace falta una asamblea que lo decida, pero aún antes del vencimiento del plazo se puede remover, con o sin causa."
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Términos mencionados en esta doctrina: asamblea, administrador, vencimiento, remoción.